• La A. Nacional exime al Estado en Fórum y Afinsa porque no se puede exigir la garantía absoluta del sistema

    La sentencia considera a los afectados de Fórum y Afinsa como colaboradores necesarios de la estafa

    MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

    La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha concluido que no se puede exigir al Estado "la garantía absoluta" del adecuado funcionamiento del sistema, en la sentencia dictada hoy que rechaza la responsabilidad patrimonial de la Administración por no controlar a Fórum Filatélico y Afinsa, durante los 25 años que estuvieron operando.

    En concreto, el dictamen concluye que "no puede exigirse a la Administración en el ejercicio de sus facultades de supervisión e inspección una garantía absoluta del adecuado funcionamiento del sistema y que la mera apelación al ejercicio de las referidas facultades no puede constituir título suficiente para la imputación de responsabilidad patrimonial".

    En este sentido, matiza que atribuir la responsabilidad al Estado "dependerá de las actuaciones que razonablemente fueran exigibles", dentro del ejercicio de las "facultades legalmente reconocidas para el cumplimiento de sus funciones", según la doctrina.

    El tribunal hace estas consideraciones en el punto 3.3 de la sentencia en el que argumenta su rechazo a determinar la responsabilidad patrimonial del Estado por la actuación del Ministerio de Economía y Hacienda y del Banco de España.

    La sentencia concluye que la actividad de las filatélicas era mercantil, por lo que estos dos organismos no tenían obligación de controlar su actividad, y concluye que éstas estaban sometidas a la disposición adicional IV de Instituciones Colectivas de la Ley General de Consumidores y Usuarios.

    Por su parte, los afectados alegaban que la actividad era financiera y que las empresas estaban sujetas al artículo 26 bis de la LMV, aprobado en 1998 y derogado en 2005, que establecía que cualquier captación de ahorro debía estar regulada por la CNMV, o por la Ley de Disciplina e Intervención del Banco de España.

    COLABORACIÓN NECESARIA DE LOS AFECTADOS.

    Por otro lado, en el mismo punto, la sentencia considera que, en caso de considerar que los contratos de compra-venta de sellos simulaban actividades de naturaleza financiera, la presunta estafa se vio "agravada por la colaboración necesaria de los propios perjudicados".

    En este sentido, el tribunal añade que "no consta que alguno de los miles de contratantes de Fórum y Afinsa formulara acción alguna de nulidad contractual ante la jurisdicción civil, en contra de su aparente voluntad expresada en los contratos suscritos por dichas entidades".

    Además, la sentencia concluye este punto recordando que el artículo 51 de la Constitución Española "no otorga cobertura genérica a una supuesta responsabilidad patrimonial de la Administración de carácter universal frente a cualquier riesgo o daño de que puedan ser víctimas los ciudadanos.

    La Audiencia Nacional ordenó la intervención judicial de Fórum y Afinsa el 9 de mayo de 2006, tras la denuncia presentada por la Fiscalía Anticorrupción por presunta estafa, derivada de las irregularidades detectadas por Hacienda en 2003. El total de afectados ascendió a 460.000 y el agujero patrimonial alcanza los 4.600 millones de euros.

    http://www.europapress.es/nacional/noticia-economia-nacional-exime-estado-forum-afinsa-porque-no-puede-exigir-garantia-absoluta-sistema-20100205140923.html

     

    No responses to " "